El Gobierno del Perú declaró el estado de emergencia en cinco distritos de la provincia de Pisco, región Ica, por un periodo de 60 días. Esta medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N° 105-2026-PCM y tiene como objetivo principal reforzar la lucha contra la criminalidad y enfrentar los hechos de violencia registrados en la zona. La norma comprende específicamente a los distritos de Pisco, San Andrés, Paracas, San Clemente y Túpac Amaru Inca.
Despliegue conjunto y restricciones constitucionales
Durante el periodo establecido por la medida, la Policía Nacional mantendrá el control del orden interno con el apoyo directo de las Fuerzas Armadas. Como parte integral del estado de emergencia, se restringirán temporalmente algunos derechos constitucionales fundamentales. Entre estas limitaciones figuran la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito, así como la libertad de reunión y la seguridad personal, conforme a lo establecido en la Constitución Política del Perú.
Regulación de actividades públicas
La norma también establece un marco regulatorio estricto para las actividades masivas. Las reuniones que no impliquen concentraciones multitudinarias podrán desarrollarse con normalidad; sin embargo, los eventos religiosos, culturales o deportivos solo se autorizarán previa aprobación de las autoridades competentes. Esta disposición busca controlar la afluencia de personas en espacios públicos como medida preventiva.
Estructura de mando y firma del decreto
Para coordinar las acciones de seguridad bajo este régimen excepcional, el Ejecutivo dispuso la creación inmediata del Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO). Este organismo será encabezado por el jefe de la Región Policial Ica. La norma fue suscrita conjuntamente por el presidente José María Balcázar, el presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los ministerios de Defensa, Economía, Interior, Justicia y Transportes.