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Chiclayo: MDJLO enfrenta demandas laborales tras fallo judicial por contratos irregulares

Chiclayo: MDJLO enfrenta demandas laborales tras fallo judicial por contratos irregulares

El Juzgado de Trabajo declaró fundada la demanda contra la comuna leonardina, exponiendo prácticas indebidas en la contratación durante el gobierno del exalcalde Elber Requejo.

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La Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz (MDJLO) en la provincia de Chiclayo atraviesa un severo problema legal debido a irregularidades detectadas en la contratación de personal. La fragilidad de los contratos suscritos por la comuna durante el gobierno del vacado alcalde, Elber Requejo, volvió a quedar expuesta en los juzgados laborales. Frente a esta situación, y con escasos meses para que acabe la gestión municipal, los funcionarios supuestamente recién advierten el problema e intentan ejecutar medidas de emergencia.

Fallo judicial expone prácticas indebidas

El 31 de agosto de 2026, el juez José Alfaro Sotomayor, del Primer Juzgado de Trabajo de Chiclayo, declaró fundada la demanda interpuesta por Fabiola Brenis Vera contra la MDJLO sobre desnaturalización de contrato de trabajo (Expediente N° 03428-2026). La demandante laboró desde el 10 de junio de 2024, inicialmente como sereno municipal y luego como supervisora del personal de Serenazgo. Pese a que la comuna pretendió justificar la contratación bajo contratos modales de “necesidades del mercado” apoyándose en los Planes Anuales de Seguridad Ciudadana, el magistrado desestimó dichos argumentos.

En la sentencia, el Juzgado determinó que las labores de serenazgo y supervisión de seguridad ciudadana constituyen funciones permanentes y estructurales del gobierno local. En consecuencia, el tribunal declaró la desnaturalización de las adendas y contratos causales, disponiendo el reconocimiento de un vínculo laboral a plazo indeterminado bajo el régimen privado del Decreto Legislativo N.º 728 y la inclusión formal de la servidora en la planilla de trabajadores obreros desde su fecha de ingreso.

Coordinaciones internas previas al fallo

El caso adquiere mayor relevancia porque, cuatro días antes de la sentencia, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la comuna había solicitado una reunión con Asesoría Jurídica, Procuraduría y Abastecimiento para prevenir precisamente la desnaturalización de contratos. En el documento interno, fechado el 27 de agosto de 2026, se advierte la necesidad de evitar “prácticas indebidas o formulaciones contractuales incorrectas” que puedan generar este tipo de problemas laborales.

La coincidencia entre ambos documentos evidencia que Abastecimiento y Recursos Humanos han venido suscribiendo contratos irregulares que la Procuraduría no puede sostener en juicio. Fuentes de la MDJLO señalaron a Correo que, así como Brenis Vera, hay más trabajadores que interpusieron demandas por desnaturalización de contrato, lo cual incrementará la carga de gasto corriente y perjudicará a la próxima gestión edil, como contamos en Chiclayo: Conductor edil tiene brevete vencido y 860 puntos.

Sanciones disciplinarias en el horizonte

Los funcionarios del alcalde vacado Elber Requejo - ratificados por la alcaldesa Elvia García – podrían afrontar investigaciones disciplinarias y sanciones por el indebido manejo de la contratación pública. Los fundamentos 19 y 20 de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el caso Huatuco Huatuco (Exp. N° 05057-2013-PA/TC) establecen con claridad que las entidades estatales deben determinar las responsabilidades administrativas, civiles o penales de los funcionarios que permitan la desnaturalización de contratos.

El caso deberá ser remitido a la Oficina de Control Interno (OCI) para que investigue a quienes elaboraron contratos irregulares y se apliquen las sanciones correspondientes mediante el procedimiento disciplinario. Es importante destacar que Fabiola Brenis, repuesta judicial en la comuna de JLO, trabajó años atrás como inspectora de tránsito de la municipalidad de Chiclayo, pero fue cesada tras ser acusada del supuesto hurto de un celular a un chofer.

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